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Ley de Reiterancia : Aprobada en Diputados,el pedido de lo chaqueños para terminar con la puerta giratoria.

Ley de Reiterancia aprobada
Provinciales 2026-08-27 03:01:03

La iniciativa tuvo 27 votos a favor, 1 voto por la permanencia en cartera y 2 abstenciones,el clamor de los chaqueños fue aprobado por la Legislatura.

La legislatura luego de un arduo debate,en la sesion de este miercoles 26 de agosto aprobaron por 27 votos a favor el pedido de la mayoria de los chaqueños,que se termine la puerta giratoria,donde la policia detiene a delincuentes y en horas,quedan libres..

Qué cambia con la Ley de Reiterancia

La legislatura luego de un arduo debate,en la sesion de este miercoles 26 de agosto aprobaron por 27 votos a favor el pedido de la mayoria de los chaqueños,que se termine la puerta giratoria,donde la policia detiene a delincuentes y en horas,quedan libres..

La discusión más importante de la sesión estuvo precisamente en determinar qué incorpora realmente la reforma, porque la reiteración de la actividad delictiva ya aparecía en el artículo 289 del Código Procesal Penal chaqueño.

Ese punto fue reconocido durante el propio debate tanto por legisladores opositores como oficialistas. La diferencia, según defendieron los impulsores de la reforma, es que hasta ahora la reiteración podía ser valorada dentro del análisis para resolver una prisión preventiva, mientras que la nueva redacción busca darle una definición específica y obligar a que sea considerada cuando se configuren los supuestos previstos por la ley.

La reforma modifica disposiciones de la Ley 965-N, Código Procesal Penal del Chaco, y establece específicamente cuándo existe reiterancia delictiva: cuando una persona registra más de un proceso penal en trámite en los que haya sido formalmente imputada por hechos reprimidos con pena privativa de la libertad.

Además, incorpora esa situación como una circunstancia objetiva que deberá ser evaluada junto con los restantes elementos de cada caso al momento de resolver medidas de coerción y prisión preventiva.

El punto es relevante porque la norma no equivale a una condena por tener más de una causa abierta. La persona continúa amparada por el principio de inocencia hasta que exista sentencia, pero la coexistencia de procesos pasa a tener un peso expresamente reforzado para decidir si puede atravesar en libertad el proceso penal.



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