Fallo a favor del Gobierno por la reforma laboral,la Justicia restituyó la vigencia de los 82 artículos que habían sido suspendidos y este viernes el gobierno paga el
Los jueces Víctor Pesino y Doris González lo hicieron de nuevo. Con una decisión inexplicable desde el derecho dejaron sin efecto la medida cautelar que había suspendido la vigencia de la reforma laboral. No revisaron la sentencia ni decidieron revocarla, simplemente le dieron al gobierno y este viernes ya tuvieron el premio,con 75 años,Victor Pesino,el gobierno pidio el acuerdo para que siga este Juez en su cargo.
La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo habia resuelto ayer otorgar efecto suspensivo a la apelación que presentó el Gobierno contra la medida cautelar impulsada por la CGT que había dispuesto el freno en la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral del oficialismo.
De esta manera, quedó sin efecto la suspensión dictada por el juez Raúl Horacio Ojeda y la reforma laboral recupera plena vigencia.
LA DECISION DE LA JUSTICIA SOBRE LA REFORMA LABORAL.
El tribunal que tomó la decisión está integrado por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino.
En detalle, el fallo retrotrae la resolución tomada anteriormente que dio lugar al pedido de la CGT de una medida cautelar para frenar la aplicación de 82 artículos de la ley 27.802, sancionada y publicada en el Boletín Oficial a comienzos de marzo.
Según la resolución de la Cámara, el Estado había apelado esa decisión y el recurso fue concedido el pasado 7 de abril "en relación y con efecto devolutivo", es decir, que la cautelar de la CGT y la suspensión de los artículos seguiría vigente mientras se tramitaba la apelación del oficialismo.
Ante esto, desde Casa Rosada presentaron una nueva queja para que se modificara el efecto del recurso y se le diera carácter suspensivo. A este nuevo planteo hizo lugar la Sala VIII ayer jueves.
Según trascendió, la decisión de los magistrados se funda en lo dispuesto por el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. La normativa dicta que, cuando una cautelar suspende - total o parcialmente - los efectos de una disposición legal (en este caso, la Ley de Modernización Laboral),la apelación debe concederse con carácter suspensivo.
Así, el tribunal acordó "modificar la resolución del 7 de abril de 2026 y otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación deducido por el Estado Nacional”.
De esta manera, la decisión tiene un impacto inmediato y los artículos volverán a regir mientras es tramitada la apelación del Estado.